Desde julio del 2014 se oficializó la obligación de llevar una contabilidad electrónica para presentar al Servicio de Administración Tributaria (SAT). De modo que los asientos contables, registros y libros deben llevarse de forma digital para poder enviársela al SAT.
Sin embargo, puede ser una tarea un poco más tediosa de lo esperado, dado que no solo se trata de enviar archivos Excel. Existe toda una serie de especificaciones con las que debes cumplir para asegurarte de no tener ningún inconveniente con el SAT.
La profesión contable ha sido un pilar fundamental en el ámbito financiero y empresarial a lo largo de la historia. La necesidad de llevar registros precisos de transacciones económicas ha sido crucial para el funcionamiento de cualquier entidad, sea comercial o gubernamental.
Anteriormente, en la era pre digital, el contador público desempeñaba un papel esencial donde la contabilidad se basaba en registros manuales y libros de cuentas físicos. Con la llegada de la tecnología y la globalización, la función del contador ha evolucionado, frente a nuevos retos y desafíos que demandan una adaptación constante y un alto nivel de competencia.
En México, el reparto de utilidades o PTU, es un aspecto esencial en la relación laboral entre empleados y empresas. La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es un derecho establecido por la Ley Federal del Trabajo, garantizando que los empleados reciban una parte justa de las utilidades de las empresas a las que prestan sus servicios.
Se sabe que el Servicio de Administración Tributaria permite deducir algunos gastos realizados por empresas, que entren en los criterios establecidos. Sin embargo, las personas físicas también tienen la posibilidad presentar deducciones personales en la Declaración Anual.
En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber, como persona física, acerca de las deducciones personales, qué gastos entran para deducir, cuándo hacer tu Declaración Anual, entre otros aspectos importantes.
Con la Declaración Anual a la vuelta de la esquina, es importante que tanto personas físicas como personas morales sepan identificar los gastos no deducibles.
En un artículo anterior conocimos acerca de las deducciones personales, un derecho de las personas físicas que presentan Declaración Anual para reducir sus ingresos anuales. Pero, por otro lado, tenemos aquellos gastos no deducibles que aplican tanto a empresas como a las personas físicas.
¿Qué son los gastos no deducibles?
Bueno, ¿pero a qué nos referimos como gastos no deducibles? No podemos hablar de los no deducibles sin mencionar los gastos deducibles.
Como sabemos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene establecidos algunos gastos para reducir los ingresos netos anuales o utilidades de las empresas y de las personas físicas. Esto significa una reducción en el monto a pagar del Impuesto Sobre la Renta (ISR) anual.
De esta forma, los gastos deducibles son los que se realicen con el fin de impulsar la generación de ingresos. Digamos que son las inversiones necesarias para el desarrollo de la actividad económica, haciéndolos elegibles a la deducción de la base gravable del ISR.
Consecuentemente, los gastos no deducibles son aquellos que no están directamente relacionados con la actividad económica o laboral.
Requisitos de gastos deducibles
Debido a que existe una variedad de industrias en las que una empresa o persona física puede desarrollar su actividad económica, es complejo decir específicamente un tipo de compra que entre como gasto no deducible.
La deducibilidad dependerá del sector en que se trabaje y las necesidades específicas. Por lo tanto, es importante primero abarcar los requisitos que se necesitan cumplir para los gastos deducibles.
La Ley del Impuesto Sobre la Renta es la que se encarga de establecer todo lo relacionado a las deducciones y en el artículo 27 se señalan los requisitos que deben cumplir tus gastos para deducirlos:
Ser estrictamente indispensables para las actividades del contribuyente.
Cuando la LISR permita la deducción de inversión, se proceda en términos de la Sección II del capítulo II.
Estar amparadas con un comprobante fiscal.
Los pagos que excedan los $2,000.00 deben efectuarse por transferencia, cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito, de servicios o monedero electrónico autorizado por el Servicio de Administración Tributaria.
Estar registradas en la contabilidad y ser restadas una sola vez.
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) se traslade en forma expresa y por separado en el comprobante fiscal correspondiente.
En caso de intereses por capitales, tomados en préstamos, éstos deben haber sido invertidos en los fines del negocio.
En caso de adquirir mercancías de importación, se debe comprobar que cumplieron los requisitos legales para dicha importación.
Cumplir con las obligaciones de la LISR y disposiciones fiscales en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros.
De tal forma, si no se cumplen con estos requisitos, esas compras o inversiones pasan a ser gastos no deducibles.
Gastos no deducibles para personas físicas y morales
Ahora bien, recapitulemos un poco sobre los gastos no deducibles, con base en los que sí son deducibles.
Los gastos no deducibles serían:
Los que no tienen una factura timbrada (CFDI).
Los que no están relacionados a la actividad económica de la persona física o empresa.
Aquellos que no cumplen los requisitos del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Para esto, el artículo 28 del LISR establece que los gastos no deducibles, de forma general, tanto para personas físicas como personas morales, son:
Pago de ISR del contribuyente o de terceros.
Cantidades del subsidio para el empleo que el contribuyente entregue en su carácter de retenedor.
Obsequios, atenciones y otros, a menos que se entreguen a los clientes de forma general.
Gastos de representación.
Viáticos o gastos de viaje, en el país o en el extranjero, cuando no se destinen a hospedaje (monto máximo de $3,850.00 diarios), alimentación (monto máximo de $750.00 diarios) transporte, goce temporal de automóviles y el pago del kilometraje (monto máximo de $850.00 diarios). O cuando se apliquen dentro de los 50 km que circunde al establecimiento del contribuyente.
Pagos de multas.
Intereses devengados por préstamos o adquisición.
Reservas creadas para indemnizaciones al personal, pagos de antigüedad o cualquier otra de naturaleza análoga.
Donaciones.
El pago del IVA.
Compra de alimentos para consumo familiar o personal.
Provisiones contables.
Compra de ropa.
Inversiones en casas habitación.
Pérdidas obtenidas en operaciones financieras derivadas.
Consumos en bares o restaurantes.
Pagos por servicios aduaneros.
Crédito comercial.
Gastos de entretenimiento y diversión, como son cine, viajes turísticos, restaurantes, etc.
Te invitamos a revisar el resto de gastos no deducibles y las especificaciones de cada uno en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Ten en consideración que, para evitar que tus compras sean consideradas gastos no deducibles, necesitas asegurarte de que estén relacionados directamente con la actividad económica de tu empresa o tu trabajo y respaldarlos con los comprobantes correspondientes. Por lo mismo, el pago de la gasolina puede caer como gastos no deducibles si fue pagado en efectivo.
Declarar gastos no deducibles en el SAT
Para tu Declaración Anual es muy importante que tengas bien definidos cuáles son tus gastos no deducibles y cuáles sí. Si declaras gastos no deducibles puedes incurrir en discrepancias fiscales, ocasionando que se abra una investigación y verte sujeto a multas de hasta 600 mil pesos.
Si eres una persona física con actividad empresarial, recuerda que, adicional a los gastos deducibles relacionados a tu trabajo, puedes realizar las deducciones personales para evitar que queden como gastos no deducibles.
Mantén tu contabilidad en orden para tu Declaración Anual
Recuerda que es indispensable tener un orden en tus gastos anuales para la presentación de tu Declaración Anual y asegurarte que no excedan el monto de tus ingresos anuales.
Mantener un control anual de forma manual, en cuanto a los gastos no deducibles y los que sí son, puede ser una tarea difícil. Por eso, en Siigo Aspel tenemos los softwares administrativos y contables que se convertirán en tu mejor aliado para registrar todos tus movimientos y tener un conocimiento entero de tu contabilidad.
¡No declares gastos no deducibles! Mejor invierte en Aspel COI para asegurar que tus finanzas estén sanas y evites enfrentarte al SAT y a sus multas.
Te invitamos a registrarte a una prueba gratuita de 30 días para que pruebes sus funcionalidades y descubras lo fácil que puede ser llevar tu contabilidad con el aliado correcto.
Con la Declaración Anual a la vuelta de la esquina, es importante que tanto personas físicas como personas morales sepan identificar los gastos no deducibles.
En un artículo anterior conocimos acerca de las deducciones personales, un derecho de las personas físicas que presentan Declaración Anual para reducir sus ingresos anuales. Pero, por otro lado, tenemos aquellos gastos no deducibles que aplican tanto a empresas como a las personas físicas.
¿Qué son los gastos no deducibles?
Bueno, ¿pero a qué nos referimos como gastos no deducibles? No podemos hablar de los no deducibles sin mencionar los gastos deducibles.
Como sabemos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene establecidos algunos gastos para reducir los ingresos netos anuales o utilidades de las empresas y de las personas físicas. Esto significa una reducción en el monto a pagar del Impuesto Sobre la Renta (ISR) anual.
De esta forma, los gastos deducibles son los que se realicen con el fin de impulsar la generación de ingresos. Digamos que son las inversiones necesarias para el desarrollo de la actividad económica, haciéndolos elegibles a la deducción de la base gravable del ISR.
Consecuentemente, los gastos no deducibles son aquellos que no están directamente relacionados con la actividad económica o laboral.
Requisitos de gastos deducibles
Debido a que existe una variedad de industrias en las que una empresa o persona física puede desarrollar su actividad económica, es complejo decir específicamente un tipo de compra que entre como gasto no deducible.
La deducibilidad dependerá del sector en que se trabaje y las necesidades específicas. Por lo tanto, es importante primero abarcar los requisitos que se necesitan cumplir para los gastos deducibles.
La Ley del Impuesto Sobre la Renta es la que se encarga de establecer todo lo relacionado a las deducciones y en el artículo 27 se señalan los requisitos que deben cumplir tus gastos para deducirlos:
Ser estrictamente indispensables para las actividades del contribuyente.
Cuando la LISR permita la deducción de inversión, se proceda en términos de la Sección II del capítulo II.
Estar amparadas con un comprobante fiscal.
Los pagos que excedan los $2,000.00 deben efectuarse por transferencia, cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito, de servicios o monedero electrónico autorizado por el Servicio de Administración Tributaria.
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En caso de adquirir mercancías de importación, se debe comprobar que cumplieron los requisitos legales para dicha importación.
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De tal forma, si no se cumplen con estos requisitos, esas compras o inversiones pasan a ser gastos no deducibles.
Gastos no deducibles para personas físicas y morales
Ahora bien, recapitulemos un poco sobre los gastos no deducibles, con base en los que sí son deducibles.
Los gastos no deducibles serían:
Los que no tienen una factura timbrada (CFDI).
Los que no están relacionados a la actividad económica de la persona física o empresa.
Aquellos que no cumplen los requisitos del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Para esto, el artículo 28 del LISR establece que los gastos no deducibles, de forma general, tanto para personas físicas como personas morales, son:
Pago de ISR del contribuyente o de terceros.
Cantidades del subsidio para el empleo que el contribuyente entregue en su carácter de retenedor.
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Ten en consideración que, para evitar que tus compras sean consideradas gastos no deducibles, necesitas asegurarte de que estén relacionados directamente con la actividad económica de tu empresa o tu trabajo y respaldarlos con los comprobantes correspondientes. Por lo mismo, el pago de la gasolina puede caer como gastos no deducibles si fue pagado en efectivo.
Declarar gastos no deducibles en el SAT
Para tu Declaración Anual es muy importante que tengas bien definidos cuáles son tus gastos no deducibles y cuáles sí. Si declaras gastos no deducibles puedes incurrir en discrepancias fiscales, ocasionando que se abra una investigación y verte sujeto a multas de hasta 600 mil pesos.
Si eres una persona física con actividad empresarial, recuerda que, adicional a los gastos deducibles relacionados a tu trabajo, puedes realizar las deducciones personales para evitar que queden como gastos no deducibles.
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Recuerda que es indispensable tener un orden en tus gastos anuales para la presentación de tu Declaración Anual y asegurarte que no excedan el monto de tus ingresos anuales.
Mantener un control anual de forma manual, en cuanto a los gastos no deducibles y los que sí son, puede ser una tarea difícil. Por eso, en Siigo Aspel tenemos los softwares administrativos y contables que se convertirán en tu mejor aliado para registrar todos tus movimientos y tener un conocimiento entero de tu contabilidad.
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Con la cercanía del fin de año, tenemos a la vuelta de la esquina el cierre del ejercicio fiscal. Este proceso contable y administrativo que se lleva a cabo para cumplir con las obligaciones de impuestos y financieras.
Conforme a las herramientas y facilidades electrónicas que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) le presenta a los contribuyentes, es necesario implementar formas para notificarles que sus archivos fueron enviados correctamente, así como, hacerles saber que fueron recibidos.
¿Alguna vez te has preguntado qué es, para qué sirve y cómo puedes obtener el registro Federal de Contribuyentes? Pues en este artículo te contamos todo lo que necesitas saber al respecto; así evitarás dolores de cabeza, posibles sanciones y regularás la actividad económica de tu empresa. Toma nota que te interesa.
Existen algunos casos en los que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) solicita inspeccionar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de sus contribuyentes, es decir, realizar auditorías. Si eres nuevo en este tema, en este artículo te explicamos a detalle en qué consisten, por qué son importantes, cómo evitarlas y cómo actuar en caso de tener una en puerta.