Cuando una relación laboral llega a su fin, la empresa o empleador debe entregar al trabajador su finiquito, sin importar la razón de la separación.
El finiquito está integrado por las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y otras prestaciones pactadas entre la empresa y el colaborador y que se han generado durante el tiempo que laboró el colaborador y que no se le han pagado al momento de la separación por la terminación de la relación laboral. Por ejemplo:
- Salario
- Aguinaldo
- Vacaciones
- Fondo de ahorro
- Vales de despensa
- Otras prestaciones pactadas
¿Es lo mismo un finiquito que una liquidación?
La liquidación comprende tanto el pago del finiquito como el pago que corresponda a la indemnización en los términos de la Ley Federal del Trabajo (LFT), siempre y cuando sea procedente; por lo que podemos concluir que una liquidación no es lo mismo que un finiquito, técnicamente hablando, ya que el finiquito formará parte de la liquidación.
Para darte una idea más precisa, te presentamos los casos en los que procede efectuar el pago de un finiquito y de la indemnización:

¿Cómo calcular un finiquito?
Para ejemplificar las partes que integran el finiquito y los pasos para calcularlo, veamos el siguiente caso práctico:
La empresa “Empresa ejemplo, S.A. de C.V.” desea conocer el importe por concepto de finiquito (prestaciones devengadas) al que tiene derecho un colaborador que sufrió un despido injustificado.
Ubicación del centro de trabajo | Ciudad de México |
---|---|
Salario mínimo general (2022) | $123.22 |
Nombre del trabajador | Juan Pérez Hernández |
Tipo de contratación | Por tiempo indeterminado |
Fecha de ingreso | 16 de mayo de 2013 |
Fecha de despido | 28 de febrero de 2020 |
Salario mensual | $27,450.00 |
Tiempo laborado | 6 años, 289 días |
Días de vacaciones según contrato de trabajo | 22 |
Prima vacacional | 30% |
Días de aguinaldo | 20 |
1. Cálculo de la cuota diaria del trabajador
Fórmula | Concepto | Importe |
---|---|---|
Salario mensual | $27,450.00 | |
Entre | Días del mes | 30 |
Igual: | Cuota diaria | $915.00 |
2. Determinación de la parte proporcional del aguinaldo
Fórmula | Concepto | Importe |
---|---|---|
Cuota diaria | $915.00 | |
Por: | Días de aguinaldo | 20 |
Igual: | Importe de aguinaldo anual | $18,300.00 |
Entre: | Días del año | 365 |
Igual: | Proporción diaria de aguinaldo | $50.13 |
Por: | Días laborados en 2020 | 59 |
Igual: | Parte proporcional de aguinaldo a la fecha de despido | $2,957.67 |
3. Determinación de la parte proporcional de vacaciones
Fórmula | Concepto | Importe |
---|---|---|
Cuota diaria | $915.00 | |
Por: | Días de vacaciones a que tiene derecho no disfrutadas | 22 |
Igual: | Importe total de vacaciones | $20,130.00 |
Entre: | Días del año | 365 |
Igual: | Proporción diaria de vacaciones | $55.15 |
Por: | Días laborados tras su último aniversario | 289 |
Igual: | Parte proporcional de vacaciones a la fecha de despido | $15,938.35 |
4. Determinación de la prima vacacional
Parte proporcional de vacaciones a pagar a la fecha de despido | $15,938.35 | |
---|---|---|
Por: | Porcentaje de prima vacacional otorgada | 30% |
Igual: | Parte proporcional de prima vacacional a la fecha de despido | $4,781.50 |
5. Determinación del importe a pagar por concepto de prestaciones devengadas (finiquito)
Fórmula | Concepto | Importe |
---|---|---|
Parte proporcional de aguinaldo | $2,957.67 | |
Más: | Parte proporcional de vacaciones | 15,938.35 |
Más: | Parte proporcional de prima vacacional | 4,781.50 |
Más: | Salarios devengados y no pagados a la fecha del despido | 13,725.00 |
Igual: | Monto total a pagar por prestaciones devengadas a la fecha del despido (finiquito) | $37,402.52 |
Por último, es importante considerar que al término de la relación laboral deben cumplirse con una serie de trámites adicionales, como la emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet de nómina por los pagos extraordinarios derivados de la separación, así como los avisos en materia de baja ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y la Carta de Finiquito que soportará la baja del colaborador para fines laborales y legales.